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sábado, agosto 28, 2010

El País de España: Chile, pionero en blindar la neutralidad de la Red por ley

Colaboración de Pancho

Mientras en Europa y Estados Unidos el debate sobre la neutralidad en la Red se complica, Chile ha publicado una ley pionera en el mundo para protegerla. Este principio consagra que los operadores no pueden priorizar un servicio en la Red en perjuicio de otro. Y así lo refleja la ley cuyo único artículo declara que no podrán arbitrariamente "bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet" para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier servicio legal. La ley admite que los concesionarios de servicio público de telecomunicaciones y los proveedores de acceso a Internet podrán tomar las medidas o acciones "necesarias para la gestión de tráfico y administración de red", siempre que no afecten a la libre competencia.

La Unión Europea, por su parte, ha abierto una consulta popular sobre el tema. La Asociación de Internautas (AI) española ha criticado cómo se lleva y ha presentado una queja ante el presidente del Parlamento Europeo. La AI denuncia que la Comisión no ha facilitado documentación, que no se ha formulado de forma clara y sencilla, que la lengua utilizada (en inglés) entorpece su difusión y que se ha elegido para celebrarla el periodo de vacaciones.

En Estados Unidos, las posiciones estaban claras. Los proveedores de contenidos apoyaban que se protegiera la neutralidad en la Red y las operadoras de telecomunicaciones lo temían. Sin embargo, la polémica se ha complicado con la aparición de una propuesta suscrita por Google y Verizon por la que se aceptan excepciones en un sector tan importante como el de la conexiones inalámbricas.

Artículo original

3 comentarios:

  1. Anónimo8:36 p.m.

    Esta ley podría convertirse en letra muerta , especialmente por el artículo 24

    Art. 24 H.- (…) [Los ISP] No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.

    1.- Impide que los ISP «arbitrariamente» restrinjan la red. Este eufemismo quiere decir que si el ISP da razones que justifiquen sus medidas de bloqueo o discriminación, entonces está autorizado por la ley. La jurisprudencia chilena es clara respecto de lo que «arbitrariamente» quiere decir respecto del recurso de protección, sosteniendo que algo es arbitrario cuando responde al «mero capricho». Luego, si no responde al mero capricho sino que a cierta justificación (mejor uso de la red, por seguridad, o lo que sea), el ISP está autorizado a bloquear.

    2.- Se refiere a actividades, servicios o aplicaciones «legales». Este es un punto que ha provocado importantes reacciones en la discusión norteamericana. Hasta campañas han hecho para evitar una restricción como esta. En Chile, sorpresivamente a todos parece venirle bien. La ley se preocupa de no definir lo que considera actividades «legales» en el contexto de la ley de neutralidad, lo que le deja la mesa servida a que la SCD y/o la IFPI lleguen a acuerdos con los ISP para bloquear puertos y tecnología que eventualmente permita bloquear estos usos considerados «ilegales». Si usted creía que esta ley le iba a permitir exigir a su ISP que le deje de bloquear sus puertos destinados a bajar películas por Bittorrent, piénselo de nuevo.

    Sólo estos dos puntos, además de otras observaciones que puede hacérsele al contenido del proyecto, son lo suficientemente problemáticos como para ser una solución adecuada al problema de la neutralidad de la red en nuestro país. Es más, si una mira el análisis que hizo EFF de la propuesta Google-Verizon, veremos que dos de sus observaciones tienen que ver exactamente con lo mismo que tendremos en nuestra ley de neutralidad, que denominan «Reasonable Network management» y «“Lawful” Content and Wireless Exclusions».

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  2. Anónimo9:58 p.m.

    Gracias, te pasaste en tu exposicion. Y como bien dices mas de lo mismo. Jorge

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  3. estas equivocado, porque en otra parte dice que no se puede dar preferencia a ningun tipo de contenido y que no se pude diferenciar entre ellos, por lo que no podrian hacer eso

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ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.